Ley de Asociaciones Sindicales
Actas Acuerdo y Normas Homologatorias MDN
REGIMEN DISCIPLINARIO UNIFICADO AFIP
Los empleados de la Administración Federal de Ingresos Públicos tenemos nuestro propio Régimen Disciplinario Unificado para todo el Organismo (DGI y DGA), en la Disposición Nº 185/10 de AFIP, el cual debe integrarse con el Convenio Colectivo de Trabajo; el Código de Etica de AFIP; el Reglamento de Investigaciones Administrativas (Dto. 467/99); la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo nº 19.549 (y su Decreto Reglamentario nº 1759/72), y el Código Procesal Penal de la Nación, los que se aplican en forma supletoria y en ese orden.
Nuestro Régimen Disciplinario, básicamente prevé tres (3) tipos de investigaciones administrativas, el “Sumario Administrativo”; el “Procedimiento Disciplinario Abreviado” y la “Información Sumaria”. Este último solo se aplica para investigar hechos y no puede concluir en una sanción.
Las cuatro sanciones previstas en el RDU son el apercibimiento, la suspensión hasta 30 días, la cesantía y la exoneración, y los recursos contra estas sanciones son el Recurso de Reconsideración, el Recurso Jerárquico y el Recurso de Alzada previstos en los arts. 84, 89 y 94 del Dto. 1759/72. Los dos primeros tienen efecto suspensivo.
NORMAS DEL REGIMEN DISCIPLINARIO
1) Régimen Disciplinario Unificado Disposición nº 185/2010 AFIP
2) Convenio Colectivo de Trabajo
3) Reglamento de Investigaciones Administrativas Decreto 467/99
4) Ley Nacional de Procedimiento Administrativo nº 19.549
5) Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo 1759/72
6) Código Procesal Penal de la Nación