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RESERVA SALÓN DE EVENTOS

Detalle del beneficio

PROCEDIMIENTO PARA RESERVA

1- Accediendo al almanaque publicado en la página web iniciando sesión como activo, usted podrá visualizar si el día requerido está libre u ocupado. Los jubilados podrán consultarlo por vía telefónica a nuestra Seccional.

2- Si desea efectuar la pre reserva:

- si es afiliado activo: deberá hacer la pre reserva exclusivamente por la web logueándose en el menú "iniciar sesión", y luego "Reserva de Salón".

- si es jubilado: deberá llamar a los teléfonos: 2403652 en días hábiles de 8:00 a 16:00  hs., o enviar un mail a: secsociales@aefiprosario.org.ar, donde deberá informar: día de reserva, nombre y apellido, motivo del evento y teléfono celular de contacto.

En ambos casos, la pre reserva quedará en análisis para luego ser confirmada al solicitante al teléfono celular de contacto o dirección de mail que informó oportunamente. 

3- El costo del alquiler será de $ 25.000 y deberá abonarse en la Seccional, dentro de los tres días de confirmada la reserva. En ese mismo acto deberá completar y firmar la primer parte de un Acuerdo de Uso de Salón. 

4- El día hábil anterior a la fecha reservada, deberá retirar las llaves en la Seccional, abonará otros $ 25.000  en carácter de "depósito de garantía" y se le hará entrega de las llaves correspondientes, y se completará la segunda parte del Acuerdo de Uso de Salón. 

5-    Dentro de los tres días hábiles posteriores al evento, deberá devolver las llaves a la Seccional, se procederá al reintegro del segundo depósito de $ 25.000 y se completará y firmará la tercera parte del Acuerdo de Uso de Salón. 

6-    El horario para las gestiones de este y otros beneficios en la Seccional, es de 8:00 a 16:00 hs. 

7-    El máximo de es de setenta y dos (72) personas entre salón y patio con quincho, de acuerdo al aforo máximo dispuesto por la Municipalidad de Rosario. (Si bien en el reglamento se habla de un máximo de cien personas, lo cual será modificado en la brevedad en reunión de comisión directiva, dada la limitación impuesta por el municipio)


PARTES RELEVANTES DEL REGLAMENTO PARA EL USO DEL SALON DE USOS MULTIPLES


Art. 2) USUARIOS DEL SALON: Solo podrán usar el Salón y el patio con quincho en los términos y condiciones que se establecen en el presente reglamento los afiliados activos, y jubilados de esta Seccional Rosario de AEFIP.

Los afiliados podrán utilizar el SUM y el patio con quincho previo pago del importe que en concepto de “gastos” autorice la Comisión Directiva, sin perjuicio del “depósito en garantía” que la misma instancia establezca y que se reintegrará al afiliado en oportunidad de devolver las llaves del salón.-

Art. 3) ACTIVIDADES QUE PUEDEN DESARROLLARSE EN EL SUM            
          a) Reuniones con compañeros de oficina

          b) Reuniones sociales del afiliado

Art. 4) ACTIVIDADES QUE NO PUEDEN DESARROLLARSE EN EL SUM: Se encuentran excluidos de los usos permitidos los contrarios a la ley, la moral y las buenas costumbres, y todas aquellas que no se encuadren en las finalidades expresamente permitidas en el presente.

Los eventos de carácter especial y no contemplados en este reglamento deberán ser expresamente aprobados -por razones y/o motivos de interés institucional- por la entidad sindical, en especial:

a)       Deportivas y/o de competencias de cualquier tipo y forma

b)       Comerciales

c)       Culturales

d)       Académicas

e)       Institucionales

Art. 5) PROHIBICIONES: Salvo expresa autorización de la entidad sindical –por razones y/o motivos de interés institucional- se encuentra prohibido:

a)       El sub-alquiler de las instalaciones.-

b)       Utilizar equipos reproductores de audio y/o música en las instalaciones.-

c)       Superar los 50 decibeles en el Salón.-

d)       Alquilar el salón mas de tres (3) veces en el año calendario.-

Art. 6) DIAS Y HORARIOS EN QUE SE PUEDE UTILIZAR EL SUM: Los afiliados tendrán derecho a utilizar el Salón de Usos Múltiples y el patio con quincho los Días Jueves, Viernes, Sábados y Domingos, conforme los siguientes horarios:

a)       Jueves y Domingos: desde las 09:00 hs. hasta las 01:30 hs del día siguiente.

b)       Viernes y Sábados: desde las 09:00 hs hasta las 04:00 hs del día siguiente.

Art. 8) OBLIGACIONES DEL AFILIADO

a)       Respetar y hacer cumplir los horarios conforme lo establecido en el art.6).-

b)       Utilizar el Salón y el patio con quincho para la finalidad requerida y autorizada por A.E.F.I.P. Seccional Rosario, cumpliendo y haciendo cumplir a sus invitados las normas detalladas en el presente Reglamento.

c)       Mantener el Salón en perfecto estado de conservación, especialmente respecto de los muebles, televisor, baños, e instalaciones en general, resultando responsable por todo daño que pudiera producir.

d)       Mantener la cocina y los baños en perfecto estado de conservación, debiendo cumplir en todo momento las normas de higiene, seguridad y cuidado de las instalaciones, resultando responsables por todo daño que pudiera producir.

e)       Finalizado el evento, deberá restituir las instalaciones en perfecto estado de conservación y orden.

f)        Asumir expresamente la responsabilidad por todo y cualquier daño que las personas por el invitadas, pudieran ocasionar al SUM y/o al patio y/o al quincho o a terceras personas.-

g)       No introducir mas de cien (100) personas entre salón y patio con quincho.-

h)       Realizar un depósito en la sede de la Asociación Sindical en garantía de eventuales daños.-

i)         Responder por las multas u otras sanciones que se impongan a la Seccional Rosario por el uso indebido de las instalaciones.-

j)         Retirar personalmente las llaves en la sede de AEFIP Seccional Rosario en calle Maipú nº 2464 de Rosario.-

k)       Informar con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación en caso de desistir en el uso de la reserva. Su incumplimiento acarrea la pérdida de lo abonado en concepto de “gastos”.-

l)         Devolver las llaves dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al uso de la instalaciones. Su incumplimiento acarrea la pérdida de lo abonado en concepto de “depósito en garantía”.-

Art. 10) REGIMEN SANCIONATORIO: Las conductas de los usuarios y las de cualquier persona por la que estos deban responder, contrarias a las obligaciones y prohibiciones de este Reglamento, serán pasibles de sanciones a aplicar por la Seccional Rosario –Independientemente de las previstas en el régimen del estatuto social-…

SANCIONES: En función de la gravedad de la infracción en la que hubiera incurrido el afiliado, el mismo será sancionado con la suspensión en el uso de las instalaciones por el término de uno (1) a cinco (5) años.


Si bien las descriptas son las partes relevantes del reglamento del salón de usos múltiples, es necesario que quien haga la reserva del salón tenga conocimiento el reglamento completo, y acepte sus términos y condiciones, por lo cual se adjunta el mismo en el link que se indica a continuación:




REGLAMENTO SUM